https://www.bandomovil.com/userFiles/nD/nDmOBBANDO_RECOMENDANDO_TOLERANCIA_Y_RESPETO_DURANTE_FIESTAS_AGOSTO_2025_-_SEFYCU_55345911.pdf no esimagen BANDO RECOMENDANDO TOLERANCIA Y RESPETO DURANTE FIESTAS AGOSTO 2025
  • 2025-08-01 18:00:00
    Fiestas

    D. FRANCISCO GARCIA MARTÍNEZ, ALCALDE – PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SOCOVOS (Albacete)

    HACE SABER:
    A toda la población de nuestro municipio y visitantes durante la celebración de las próximas fiestas patronales del 5 al 11 de Agosto, y
    especialmente a los miembros de las peñas que se ubican a lo largo del casco urbano, que debemos RECORDAR que es compatible la diversión con el derecho al descanso, respetando a los demás, sin molestar más allá de lo necesario, entendiendo que en fiestas hay que ser un poco más tolerantes, y respetando unos mínimos de convivencia, y sobre todo cuando afecta a vecinos mayores y/o enfermos.
    Por molestias se entiende tanto ruidos que superan niveles acústicos normales, y cuyos máximos son regulados por la normativa de aplicación, así como incumplimiento de condiciones de salubridad y seguridad en los lugares de reunión en la vía pública e inmediaciones de las sedes de las peñas.


    A tal efecto, desde esta alcaldía se establecen las siguientes normas:
    - Primera. – Las peñas que se vayan a realizar en nuestro municipio deben de estar registradas en nuestro Ayuntamiento, representadas por tres miembros, o en caso de menores padre/madre o tutor legal.
    - Segunda. - Se recuerda que la normativa PROHÍBE la venta, expedición y consumo de bebidas alcohólicas a menores.
    - Tercera. – Deberá mantenerse limpia la vía pública en la zona de la Peña, debiendo disponer recipientes para depositar los residuos y retirarlos diariamente.
    - Cuarta. – Los aparatos de megafonía, y en general todos los aparatos susceptibles de producir ruidos dejarán de funcionar a las 3 horas de la madrugada, y no se permitirá la ubicación de los mismos o cualquier otro que produzca altos niveles de ruido en el exterior de los locales, debiendo cesar la actividad musical que pudieran organizar las peñas a partir de dicha hora.
    - Quinta. – Será responsabilidad de los usuarios de las peñas que causan posibles perturbaciones o incumplimientos a estas normas, o en su defecto, los titulares del inmueble sede de la peña, y en caso de tratarse de menores de edad, serán responsables subsidiarios sus padres/madres o tutores.
    - Sexta. – Por Agentes de la Autoridad (Guardia Civil) se vigilará dicho cumplimiento y se adoptarán las medidas que resulten necesarias para asegurar el cumplimiento de lo establecido en este Bando o en la Normativa vigente.


    Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.