https://www.bandomovil.com/userFiles/rg/rgZnrResolucion_N_366_de_21092021_RESOLUCION_2_CONVOCATORIA_SUBVENCIONES_-_SEGRA_509088.pdf no esimagen SEGUNDA CONVOCATORIA SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE SOCOVOS PARA ASOCIACIONES LOCALES
  • 21-Septiembre-2021 21:38
    Asociaciones

    Han sido aprobadas y publicadas las bases de una nueva (segunda) convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Socovos para las Asociaciones locales, con fines deportivos, culturales y sociales, dirigidas a todas aquellas que cumplan con los requisitos que se establecen en dichas bases, los cuales, entre otras, son los siguientes:

    - No podrán obtener la condición de beneficiarios en quienes concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora.
    - Será necesario que la entidad esté domiciliada en la localidad y que las actividades para las que se solicita la subvención deberán haber sido ejecutadas o ejecutarse entre el 01/01/2021 y el 31/12/2021.  

    - La asociación deberá estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y haber presentado la Memoria de las actividades realizadas en el último ejercicio.

    - El importe de cada solicitud de subvención no podrá superar los 400€, y no podrán solicitar subvención al amparo de éstas bases las asociaciones beneficiarias en la convocatoria ordinaria de subvenciones resuelta por Resolución de Alcaldía de fecha 17/09/2021, a saber:

    -Asociación Cultural de Ciencias Naturales G-02513182
    -Asociación Amigos de la Aldea de El Cañar. G-02408466
    -Asociación de madres y padres de alumnos C.P. Ramón y Cajal. G-02281657

    El plazo para su solicitud es de 15 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de anuncio de la presente convocatoria en el Tablón de Anuncios Electrónico de la sede electrónica https://sede.dipualba.es/tablondeanuncios/.

    En el caso de entidades jurídicas, la firma electrónica deberá realizarse con el Certificado del representante de la entidad. En su defecto, podrá ser firmado con su Certificado Digital , debiendo adjuntar Certificado del acuerdo del órgano que proceda de la Entidad, en el que se le autoriza a realizar la firma mediante su Certificado Digital particular. 

    Mas información en las bases que se adjuntan o en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Socovos 967420001 




    Adjuntos: