https://www.bandomovil.com/userFiles/e1/e1KEs020819131355_BANDO_NORMAS_FIESTAS_FIRMADO(1).pdf no esimagen BANDO CONCILIACION DESCANSO Y DIVERSION
  • 02-Agosto-2019 13:16
    Info General

    D. SATURNINO GONZALEZ MARTINEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SOCOVOS (Albacete).--

    A todos los miembros de las peñas que se ubican durante las Fiestas a lo largo del casco urbano de Socovos (Múltiples ubicaciones) y Tazona (Avenida Carrascal, Calle Escuelas y otras ubicaciones).

    HACE SABER:

    Que con el fin de conciliar el disfrute de las Fiestas por parte de los componentes de las peñas y visitantes a las mismas con el derecho al descanso de los vecinos de las poblaciones indicadas, se RECOMIENDA a todas las partes sean sensibles a la situación especial que se plantea con motivo de la celebración de las FIESTAS, siendo respetuosos con la otra parte.

    Por molestias se entiende tanto los ruidos que superan niveles acústicos normales, y cuyos máximos son regulados por la normativa de aplicación, así como el incumplimiento de las condiciones de salubridad y seguridad en los lugares de reunión en la vía pública e inmediaciones de las sedes de las Peñas.

    A tal efecto y para que las Fiestas se desarrollen con normalidad y respeto entre todos, desde esta Alcaldía se establecen las siguientes normas:

    Primera.- Queda prohibida la venta, expedición y consumo de bebidas alcohólicas a menores.
    Segunda.- La vía pública en la zona de influencia de la sede de la PEÑA deberá mantenerse limpia, debiendo obligatoriamente disponer en la puerta del local de recipientes para depositar los vasos y demás objetos desechables.
    Tercera.- Los aparatos de megafonía y, en general todos los aparatos susceptibles de producir ruidos dejarán de funcionar a las 3:30 horas de la madrugada, y no se permitirá la ubicación de los mismos o cualquier otro aparato que produzca altos niveles de ruido en el exterior de los locales, debiendo cesar las actividades musicales que pudieran organizar las peñas a dicha hora.
    Cuarta.- Será responsabilidad de los usuarios de las peñas que causan posibles perturbaciones e incumplimientos a estas normas o, en su defecto, los titulares del inmueble sede de la Peña y caso de tratarse de menores de edad, serán responsables subsidiarios sus padres o tutores.
    Quinta.- Por la Autoridad Municipal o Agentes de la Autoridad (Policía Local o Guardia Civil) se adoptarán las medidas que resulten necesarias para asegurar el cumplimiento de la resolución que pudiera recaer en caso de no cumplir con lo establecido en este Bando o en la Normativa.

    Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.

    Socovos, 26 de Julio de 2019.- El Alcalde





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